ACCION, PROCEDENCIA DE LA.
El artículo 2o. del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, al establecer que la acción procede en juicio, aun cuando no se exprese su nombre, con tal de que se determine con claridad la clase de prestación que se exija del demandado y el título, causa de la acción, está consagrando el principio de que lo esencial para clasificar o constituir una acción no es el nombre que le den los interesados, sino la naturaleza de la prestación que se reclame y del título o causa de la acción, los cuales si deben determinarse con claridad. Este principio es naturalmente aplicable a las excepciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/270218-057a96e5/accion-procedencia-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ACCION, PROCEDENCIA DE LA. (s/clave)
- ACCION, PROCEDENCIA DE LA. (s/clave)
- ACCION, PROCEDENCIA DE LA. (s/clave)
- ACCION, PROCEDENCIA DE LA, AUN CUANDO NO SE EXPRESE SU NOMBRE. (s/clave)
- ACCION, PROCEDENCIA DE LA. (s/clave)
- ACCION, PROCEDENCIA DE LA. (10)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis