ACCION, PROCEDENCIA DE LA.
Las disposiciones legales que establecen la procedencia de la acción, aun cuando no se exprese su nombre, con tal que se determine con claridad la clase de prestación que se exija del demandado y el título o causa de la acción, deben interpretarse en el sentido de que el juez, al resolver la controversia, atenderá a la naturaleza de la acción ejercitada, según se desprenda de los hechos narrados, sin variar la prestación exigida, ni el título o causa de pedir, sin perjuicio de la facultad del juez para aplicar las disposiciones legales procedentes y no las que equivocadamente hubiera invocado el actor, pues a las partes corresponde alegar y probar los hechos y al juez aplicar el derecho.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/392137-21a53114/accion-procedencia-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ACCIÓN, PROCEDENCIA DE LA. (152)
- ACCIÓN, PROCEDENCIA DE LA.- (11)
- ACCION, PROCEDENCIA DE LA. (s/clave)
- ACCION, PROCEDENCIA DE LA. (s/clave)
- ACCION, PROCEDENCIA DE LA. (s/clave)
- ACCION, SU PROCEDENCIA EN JUICIO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis