SUBARRENDAMIENTO, PRUEBA DEL.
Sería infundado exigir al arrendador que acreditara con prueba directa la relación entre un arrendatario carente de facultades para subarrendar y el tercero a quien concedió el uso de la cosa, por la naturaleza misma de esa relación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/270237-bb8e09bb/subarrendamiento-prueba-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4480/63. Martha Jiménez de Sánchez y coagraviado. 2 de marzo de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen I, página 153. Amparo directo 5434/56. Vicente Perales. 31 de julio de 1957. Cinco votos. Ponente: Vicente Santos Guajardo.
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