Corpus
Modo: Corpus Pro

DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL COMO CAUSAL DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 270247 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXX, Cuarta Parte; Pág. 34

Si consta en autos que la esposa fue depositada judicialmente, es indudable que debió existir prueba de la reinstalación del domicilio conyugal, para que con posterioridad el marido pudiera ser abandonado por la mujer; y no puede admitirse que la sentencia absolutoria dictada en el primer juicio de divorcio, produjera el efecto inmediato de restituir las cosas al estado que tenían antes de iniciarse el juicio, por que habiendo mediado determinaciones judiciales en cuanto a la situación de la esposa, judicialmente debió decidirse respecto su depósito durante la tramitación del juicio. En consecuencia, si no se probó la reinstalación del domicilio conyugal, no puede haber base para establecer que la esposa hubiera abandonado dicho domicilio.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/270247-d867a45a/divorcio-abandono-del-domicilio-conyugal-como-causal-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 7175/62. Alex de Ugarte. 26 de febrero de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen LV, página 9. Amparo directo 5345/60. Gabriel González Calderón. 11 de enero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela. Nota: En el Volumen LV, página 9 esta aparece bajo el rubro "ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL.".

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