ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL.
No puede considerarse que la esposa haya abandonado el domicilio de su marido, si no vivía con el, en atención a que, con motivo de un juicio de divorcio, se le hizo salir de dicho domicilio y se le depositó en determinada casa; pues en tales condiciones para que pudiera estimarse que hubo abandono, habría sido necesario que en ejecución de la sentencia dictada en ese juicio de divorcio, se hubiera prevenido a la mujer que se incorporara a la casa en que se hubiera establecido el varón o, por lo menos, que este la hubiera requerido para que así lo hiciese.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/347376-6b87a32b/abandono-del-domicilio-conyugal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL. (s/clave)
- ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL. (s/clave)
- DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL COMO CAUSAL DE. (s/clave)
- DOMICILIO CONYUGAL, ABANDONO DEL. (s/clave)
- DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL COMO CAUSAL DE. (s/clave)
- DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL COMO CAUSAL DE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis