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Modo: Corpus Pro

ACCION CAMBIARIA DIRECTA. NO EXISTE OBLIGACION DE PROTESTO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 270446 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXII, Cuarta Parte; Pág. 9

Para el ejercicio de la acción cambiaria directa, no es condición necesaria que el título de crédito respectivo deba protestarse previamente sino solamente cuando dicha acción se hace valer en la vía de regreso.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/270446-8d96ddbc/accion-cambiaria-directa-no-existe-obligacion-de-protesto · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 4557/62. Laura B. de Arellano. 20 de junio de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.

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