PROTESTO, SU OMISION NO PERJUDICA LA ACCION CAMBIARIA DIRECTA.
De conformidad con lo que establece el artículo 173 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, la omisión del protesto por la falta de aceptación o de pago de dichos documentos, no perjudica a las acciones y derechos que el tenedor de los mismos, tiene en contra del que los suscribió.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/353791-8ebcf6a7/protesto-su-omision-no-perjudica-la-accion-cambiaria · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 2932/39. Brauer Max. 30 de abril de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
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- LETRAS NO PROTESTADAS. (s/clave)
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