Corpus
Modo: Corpus Pro

ARRENDAMIENTO, COMPRAVENTA EN CASO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ)

Clave: — · Registro digital (IUS): 270512 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIX, Cuarta Parte; Pág. 10

Si la arrendadora concede opción (promesa de venta) al arrendatario, para comprar el inmueble objeto del arrendamiento, y de autos se encuentra acreditado que por motivo de una carta opción, le paga parte del precio convenido, es evidente que la venta produce efectos entre las partes y es perfecta y obligatoria, en los términos del artículo 2182 del Código Civil del Estado de Veracruz, pues la arrendadora y el arrendatario convienen sobre la cosa y su precio, según se infiere de la carta opción de que se ha hablado. Por lo tanto, habiéndose demostrado que por virtud de esta última, el arrendatario pago parte del precio fijado, resulta que el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes deja de tener eficacia jurídica y de surtir efectos entre las mismas, precisamente porque el arrendatario no puede ser el mismo tiempo arrendatario y comprador adquirente del inmueble arrendado.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/270512-935d75ee/arrendamiento-compraventa-en-caso-de-legislacion-del-estado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 575/62. Manuel Perea Montiel y coagraviado. 14 de marzo de 1963. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen LVIII, página 32. Amparo directo 2085/61. María Guadalupe Zamora González. 13 de abril de 1962. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez. Volumen XLIV, página 45. Amparo directo 7805/58. Francisco Valdez Gallegos y coagraviados. 9 de febrero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José López Lira. Nota: En el Volumen LVIII, página 32 esta tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO, COMPRAVENTA EN CASO DE.". En el Apéndice 1917-1985, página 297, la tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO, TERMINACION DEL, POR CONFUSION A VIRTUD DE LA COMPRAVENTA.".

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