INFORMACIONES AD PERPETUAM.
Ninguna información ad perpetuam puede ser estimada en jurisdicción contenciosa como prueba testimonial, puesto que los declarantes deponen en ellas sin citación contraria y no pueden ser repreguntados. Así, esa clase de diligencias sólo puede estimarse como actos emanados del poder público, en cuanto se refiere a la forma de los mismos, y a su fondo sólo mientras no surja un tercero con mejor derecho, por ello no son un título de propiedad; por tanto, no resulta indispensable para estimar sin valor alguno la exhibida por el demandado, que se impugnara específicamente de nulidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/271254-f5e67a7e/informaciones-ad-perpetuam · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- INFORMACION AD PERPETUAM, VALOR PROBATORIO DE LA. (992)
- INFORMACION AD PERPETUAM, VALOR PROBATORIO DE LA. (s/clave)
- INFORMACION AD PERPETUAM. VALOR PROBATORIO EN MATERIA DE POSESION Y PROPIEDAD. (s/clave)
- INFORMACIÓN AD PERPETUAM, VALOR PROBATORIO DE LA.- (246)
- INFORMACIONES AD PERPETUAM. (s/clave)
- INFORMACION AD-PERPETUAM, FUERZA PROBATORIA DE LA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis