Corpus
Modo: Corpus Pro

EVICCION CON MOTIVO DE INTERDICTOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 271279 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXIX, Cuarta Parte; Pág. 44

La evicción no de prestarse respecto de perturbaciones en que el tercer reclamante molesta al adquirente por vías de hecho sin invocar ningún derecho; pues en ese caso el comprador puede defenderse mediante el interdicto de retener la posesión; pero cuando se pretende privar de la posesión al adquirente mediante el interdicto de recuperar la posesión, ejercitado por quien se cree ser titular de esa acción, en virtud de haber poseído la misma cosa desde antes de la venta, no se trata de una simple perturbación por vías de hecho, sino del ejercicio de una acción reconocida por la ley y propuesta por los conductos establecidos por la misma. En este caso, el vendedor esta obligado a prestarle evicción, tanto concurriendo al juicio para defender los derechos del comprador, como a pagar los daños y perjuicios que este sufra en caso de que fuere vencido en el interdicto, puesto que se vería privado de la posesión y de los consiguientes beneficios de la misma, y quedaría obligado a intentar las acciones establecidas por la ley para recuperar la posesión y la propiedad de la cosa vendida.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/271279-ac265e35/eviccion-con-motivo-de-interdictos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 6157/59. María Luisa Canobbio de Carrillo. 7 de septiembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.