ARRENDAMIENTO. CAMBIO DE DESTINO DE LA COSA ARRENDADA.
Aun cuando en el contrato de arrendamiento se haya estipulado expresamente que la casa se destinaba a despacho, si desde un principio se destinó de hecho para habitación, durante todo el tiempo que ha durado el contrato, y esto se ha hecho con el conocimiento del arrendador y de sus causahabientes, no puede solicitarse la rescisión del contrato por cambio de destino, toda vez que nunca se le dio por voluntad de los contratantes el uso de despacho, y por consiguiente, tampoco hubo cambio alguno del destino de la localidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/271296-2614ac64/arrendamiento-cambio-de-destino-de-la-cosa-arrendada · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ARRENDAMIENTO, CAMBIO DE DESTINO. (s/clave)
- ARRENDAMIENTO, RESCISION DEL CONTRATO DE, POR CAMBIO DE DESTINO DE LA LOCALIDAD ARRENDADA. (s/clave)
- ARRENDAMIENTO, CAMBIO DE DESTINO DEL LOCAL OBJETO DEL. (s/clave)
- ARRENDAMIENTO. CAMBIO DE DESTINO DE LA LOCALIDAD ARRENDADA. (s/clave)
- ARRENDAMIENTO. CAMBIO DE DESTINO DE LA LOCALIDAD ARRENDADA. (s/clave)
- ARRENDAMIENTO RESCISION DEL, POR CAMBIO DE DESTINO DEL LOCAL. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis