PRESCRIPCION POSITIVA EN CASO DE DELITO.
El Código Civil actual ha superado el sistema en la regla general del artículo 1151 y ha tomado en cuenta la teoría objetiva de la posesión para permitir que aun en los casos de delito o de violencia (artículos 1154 y 1155) se pueda usucapir a partir del momento en que cesen los efectos de la ilicitud, siempre que se entre a la posesión y disfrute de la misma en concepto de dueño, es decir, como propietario de la cosa, ejercitando actos de señorío sobre ella; requisitos sin los cuales ni en el caso de la buena fe ni en el de la mala fe se puede producir usucapión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/271674-d2ab2b49/prescripcion-positiva-en-caso-de-delito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PRESCRIPCION POSITIVA, REQUISITOS DE LA. (s/clave)
- PRESCRIPCION POSITIVA. BUENA FE. (s/clave)
- POSESION DE MALA FE AD USUCAPIONEM, NO ES NECESARIO EL JUSTO TITULO PARA LA. (s/clave)
- PRESCRIPCIÓN POSITIVA. POSESIÓN EN CONCEPTO DE PROPIETARIO PARA LA PRESUNCIÓN DE PROPIEDAD EN VIRTUD DE LA POSESIÓN.- (367)
- PRESCRIPCION. POSITIVA (LEGISLACION DEL DISTRITO Y TERRITORIOS FEDERALES). (s/clave)
- PRESCRIPCION POSITIVA. POSESION EN CONCEPTO DE PROPIETARIO PARA LA PRESUNCION DE PROPIEDAD EN VIRTUD DE LA POSESION. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis