Corpus
Modo: Corpus Pro

ARRENDAMIENTO. CASO EN QUE NO EXISTE MORA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 271767 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVII, Cuarta Parte; Pág. 35

Si el arrendatario contrajo con el primitivo arrendador la obligación de pagar las rentas en la casa de éste, sin que se haya hecho constar en el contrato respectivo el domicilio de dicho arrendador, ni existen pruebas de que haya hecho convenio posterior con los adquirentes sucesivos del inmueble objeto del arrendamiento que debió seguir pagando las rentas en el domicilio de ellos, debe considerarse que la obligación del inquilino de pagar las rentas en el domicilio del arrendador, cesó, quedando a cargo del mismo la obligación de cobrar las pensiones en la habitación del arrendatario, conforme a la regla establecida en el artículo 2427 del Código Civil y sólo que cuando fueran a cobrárselas no las cubriera, podría estimársele incurso en mora.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/271767-f19cfb69/arrendamiento-caso-en-que-no-existe-mora · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 912/59. Rosa Ohrner de Ramírez. 24 de septiembre de 1959. Cinco votos. Ponente: José López Lira.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.