DOMICILIO CONYUGAL.
El domicilio conyugal es el lugar donde los cónyuges pueden vivir con facultades de disposición y gobierno propios en unión de sus hijos. Si en determinado caso los cónyuges y sus hijos tenían un lugar en esas condiciones donde vivir en común, aunque la casa se haya buscado y ocupado por la esposa cuando el marido estaba ausente del lugar, el que no haya resultado del agrado de éste es una circunstancia carente de importancia jurídica frente al hecho consistente en que el marido confiesa que aunque encontró dos casas a su gusto no lo fueron de la esposa, lo que claramente da a entender que dejó a ésta hacer la elección y al hacerla ella, el marido no tuvo derecho para negarse a que fuera el domicilio conyugal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/272379-40fde6a8/domicilio-conyugal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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