PROBIDAD, FALTAS DE. NO SE REQUIERE QUE CONSTITUYAN DELITO.
La causal de falta de probidad, no requiere necesariamente que los actos en que se hizo consistir configuren un delito, ya que basta que sean contrarios a la rectitud en la conducta y el cumplimiento del deber.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/273157-a9adc71c/probidad-faltas-de-no-se-requiere-que-constituyan · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 6375/66. Gloria Elizondo Salcedo. 3 de octubre de 1968. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.
Sexta Epoca, Quinta Parte:
Volumen XX, página 112. Amparo directo 1985/58. Paz Huitrón viuda de García. 23 de febrero de 1959. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.
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