ADMINISTRADOR DE EMPRESA. CUANDO NO ES TRABAJADOR.
Si el actor es accionista de la demandada y además administrador único de ella, con todas las tareas de dirección en la empresa, no puede tener a la vez el carácter de trabajador de ella, para los efectos de la ley laboral; y aunque haya prestado servicios como técnico en determinada actividad, simultáneamente con su cargo de administrador único se trataría en todo caso de un contrato de prestación de servicios profesionales y no de un contrato de trabajo, pues no se surten en el caso los requisitos de dirección y dependencia, ya que el actor no podía estar subordinado a sí mismo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/273265-26736412/administrador-de-empresa-cuando-no-es-trabajador · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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