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Modo: Corpus Pro

PETROLEOS. ANTIGÜEDAD DE EMPRESA. COMO SE COMPUTA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 273479 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVIII, Quinta Parte; Pág. 51

Si entre los diversos contratos transitorios que celebró un trabajador con Petróleos Mexicanos, mediaron lapsos en los cuales no laboró, es obvio que dichos intervalos no computan la antigüedad a que se refiere la cláusula 12 del reglamento de escalafones, toda vez que la referida antigüedad no se calcula, en estos casos, a partir de la fecha de ingreso, esto es, ininterrumpidamente, sino que en razón del tiempo y servicios prestados.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/273479-417cf8ba/petroleos-antiguedad-de-empresa-como-se-computa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 3235/64. Angel Rubio Soto. 3 de agosto de 1965. La publicacion no menciona el sentido de la votación. Ponente: Raúl Castellano.

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