COOPERATIVA, PRUEBA DE LA CALIDAD DE SOCIOS DE UNA.
El acta de una asamblea, en la que se diga que determinadas personas fueron admitidas como socios de una cooperativa, pero sin que dichas personas hayan ocurrido a esa asamblea o a otra posterior, a dar su conformidad expresa o tácita con esa situación, no es por si sola una prueba suficiente de que dichas personas tengan realmente el carácter de socios.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/273544-242e6350/cooperativa-prueba-de-la-calidad-de-socios-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1324/64. Cooperativa Minera Las Dos Estrellas, en el Oro y Tlapujahua, S. C. L. 1o. de febrero de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel Carvajal.
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