DEMANDA, NEGATIVA EN TERMINOS GENERALES DE LA. EFECTOS.
De acuerdo con los términos en que está redactado el artículo 518 de la ley laboral, no basta que el demandado niegue la demanda en términos generales, para tenerlo controvirtiéndola en su integridad; sino que tiene que referirse a todos y cada uno de los hechos de la misma, afirmándolos, negándolos y señalando los que ignore, para el efecto de que la parte actora esté en condiciones de conocerlos y ofrecer las pruebas que estime pertinentes; y de no cumplirse con tales requisitos, los hechos no controvertidos deberán tenerse por no contestados y por consiguiente por admitidos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/273545-ebdc0185/demanda-negativa-en-terminos-generales-de-la-efectos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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