PRESCRIPCION, LA EXCEPCION DE, NO DEBE ESTUDIARSE DE OFICIO.
No existe precepto alguno en la Ley Federal del Trabajo que disponga que la excepción de prescripción deba ser estudiada de oficio, aun cuando las partes no lo aleguen. El artículo 551 del propio ordenamiento estatuye que los laudos deben ser claros precisos y congruentes con la demanda y con las demás pretensiones deducidas oportunamente en el negocio, de lo que lógicamente se deduce que, si no se opone la excepción de prescripción, la Junta no tiene motivo legal para analizar una defensa que no fue opuesta en tiempo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/273760-c2268c4b/prescripcion-la-excepcion-de-no-debe-estudiarse-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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