CONFLICTOS DE ORDEN ECONOMICO, PROCEDIMIENTO PARA CALIFICAR EL ACTA QUE SE LEVANTE CON MOTIVO DE LOS.
Para determinar la validez o nulidad del acta que se levantó ante el ciudadano procurador auxiliar de la Defensa del Trabajo del Distrito Federal, en la que los trabajadores y la empresa demandada manifestaron que daban por terminados los contratos de trabajo celebrados entre unos y otra, por cierre total de la empresa, debido a la absoluta incosteabilidad y a la carencia de capital para continuar las actividades de producción, la Junta debe examinar esta cuestión a la luz de los preceptos del capítulo séptimo, título noveno de la Ley Federal del Trabajo, que regulan el procedimiento que debe seguirse tratándose de los conflictos de orden económico y que deben considerarse de orden público.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/274218-01f157f3/conflictos-de-orden-economico-procedimiento-para-calificar-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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