SOBRESEIMIENTO, IMPROCEDENCIA DEL, CUANDO EXISTEN CAUSAHABIENTES O SUCESORES DEL AGRAVIADO.
De conformidad con lo establecido por la fracción II del artículo 74 de la Ley de Amparo, es procedente el sobreseimiento cuando el agraviado muere durante el juicio, si la garantía reclamada sólo afecta a su persona; y de dicha disposición legal se desprende, a contrario sensu, que en estos casos no cabe sobreseer si se controvierten en el juicio que motivó el amparo, derechos o intereses patrimoniales, que se trasmiten a los causahabientes o sucesores del agraviado, por lo que la garantía reclamada no atañe sólo a la persona de éste, sino también a aquéllos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/274491-154cff34/sobreseimiento-improcedencia-del-cuando-existen-causahabientes-o-sucesores · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- SOBRESEIMIENTO DE AMPARO IMPROCEDENTE. (s/clave)
- SOBRESEIMIENTO. ES IMPROCEDENTE SI CON LA MUERTE DEL QUEJOSO DURANTE LA TRAMITACIÓN DEL JUICIO SE AFECTAN INTERESES PATRIMONIALES. (II.2o.C.45 K )
- SOBRESEIMIENTO EN EL JUICIO DE AMPARO. NO PROCEDE CUANDO DURANTE SU TRAMITACIÓN FALLECE EL QUEJOSO, SI LA MATERIA DEL MISMO VERSA RESPECTO DE SUS DERECHOS PATRIMONIALES Y NO SOBRE (1a. CLXXI/2006)
- SOBRESEIMIENTO POR FALLECIMIENTO DEL AGRAVIADO EN MATERIA PENAL. (s/clave)
- SOBRESEIMIENTO POR FALLECIMIENTO DEL AGRAVIADO EN MATERIA PENAL.- (3037)
- SOBRESEIMIENTO POR FALTA DE PROMOCION. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis