SEGURO SOCIAL. AFILIACION AL.
La no afiliación de un trabajador en el Instituto Mexicano del Seguro Social, no puede considerarse como causal de rescisión del contrato de trabajo, por tratarse de una omisión imputable tanto al patrón como al trabajador, ya que el artículo 7o. de la Ley del Seguro Social determina que en el caso de que el patrón no cumpla con la obligación de inscribir al trabajador en el Instituto Mexicano del Seguro Social, dicho trabajador tiene el derecho de proporcionar al instituto los informes correspondientes para su inscripción. Por tanto, si el demandante tuvo expedito su derecho a acudir al citado instituto para lograr su inscripción y no hizo uso de ese derecho, su incuria debe acarrearle consecuencias que le son imputables.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/274783-d6606926/seguro-social-afiliacion-al · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- SEGURO SOCIAL, LA FALTA DE INSCRIPCION DE UN TRABAJADOR POR PARTE DEL PATRON EN EL, NO ES CAUSA DE RESCISION. (s/clave)
- SEGURO SOCIAL, OMISION DE AFILIACION DEL TRABAJADOR AL. NO ES CAUSA RESCISORIA. (s/clave)
- SEGURO SOCIAL, LA FALTA DE INSCRIPCION EN EL, NO CONSTITUYE FALTA DE PROBIDAD PATRONAL. (s/clave)
- SEGURO SOCIAL, LA FALTA DE INSCRIPCIÓN EN EL, NO CONSTITUYE FALTA DE PROBIDAD PATRONAL.- (971)
- SEGURO SOCIAL. OBLIGACION DEL TRABAJADOR DE FACILITAR AL PATRON DATOS PARA INSCRIBIRLO. (s/clave)
- RESCISION DEL CONTRATO DE TRABAJO POR EL TRABAJADOR, IMPROCEDENCIA DE LA, POR FALTA DE INSCRIPCION EN EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL O FALTA DE PAGO DE VACACIONES, SEPTIMO (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis