SERVICIOS MEDICOS DE LAS EMPRESAS, ACTUAN EN REPRESENTACION PATRONAL.
El servicio médico de la empresa no es otra cosa que una dependencia de la misma, la cual actúa en representación de la parte patronal en los términos del artículo 4o. segundo párrafo, de la Ley Federal del Trabajo; de donde se colige que, si la empresa tuvo conocimiento del permiso solicitado para el trabajador y del objeto del mismo, debe concluirse de que ese aviso y ese conocimiento surten efectos para el servicio médico que, como ya se dijo, no es otra cosa que una dependencia patronal y que no constituye una entidad autónoma con funciones propias ya que realiza sus actividades en representación del patrón.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/275027-275ba783/servicios-medicos-de-las-empresas-actuan-en-representacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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