DERECHO. APLICACION DEL.
No obsta que la demandada no haya fundado sus pretensiones en la disposición legal aplicable, toda vez que al juzgador corresponde aplicar el derecho tomando en cuenta los hechos expuestos por las partes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/275042-c23c16a2/derecho-aplicacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 7706/60. Leopoldo Rodríguez Román. 3 de marzo de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.
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