DEPENDENCIA ECONOMICA, NEGACION DE LA.
Si la propia quejosa confesó que efectivamente nunca había dependido económicamente de su hijo muerto en accidente profesional, no puede desvirtuarse esta confesión por el hecho de que los testigos presentados hayan afirmado que sí dependió económicamente de su hijo, atento el conocido principio de que quien confiesa se juzga a sí mismo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/275087-3a31fd1d/dependencia-economica-negacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4726/60. Florencia Hernández Rodríguez y coagraviados. 24 de febrero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.
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