SEPTIMO DIA, CARGA DE LA PRUEBA DEL PAGO DEL.
Es al patrón al que le corresponde demostrar de acuerdo con el contrato de trabajo que en el salario convenido está incluido el del séptimo día; tanto más cuanto que es él quien ha de tener la documentación correspondiente para establecer que en el salario pagado ya está comprendido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/275127-5d7abaaf/septimo-dia-carga-de-la-prueba-del-pago · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4868/58. Jesús Luján y coagraviados. 6 de febrero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo.
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