LAUDOS, CONCEPTO DE.
En nuestro derecho laboral se entiende por laudo la resolución definitiva que dictan las Juntas de Conciliación y Arbitraje para poner fin a un conflicto de trabajo, ya sea jurídico o económico, en la que se decide la controversia en lo principal, después de que se ha agotado el procedimiento señalado por la Ley Federal del Trabajo para la sustanciación del juicio. Por tanto, la resolución que declara terminado un contrato individual de trabajo y condena al patrón a la responsabilidad del conflicto, ante la negativa de éste de someter sus diferencias al arbitraje, no tiene las características de un laudo, de donde se sigue que no pueda ser combatida en amparo directo en los términos del artículo 158 de la Ley de Amparo, sino en amparo indirecto, conforme a la fracción III del artículo 114 de la misma ley, por tratarse de un acto fuera de juicio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/275648-82e7bc7a/laudos-concepto-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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