EXCEPCIONES, OPORTUNIDAD PARA OPONERLAS.
En los juicios laborales no hay más que una oportunidad procesal para oponer excepciones, esto es, en la contestación a la demanda. Por lo tanto, si la demandada no opuso la excepción al contestar la demanda y sólo vino a mencionarla en la audiencia de pruebas, debe estimarse que no formó parte integrante de la lite planteada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/276035-c60061db/excepciones-oportunidad-para-oponerlas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 874/58. Secretaría de Educación Pública. 28 de enero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.
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