Corpus
Modo: Corpus Pro

SUSPENSION, OBLIGACION DE PRESENTARSE DESPUES DE LA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 276405 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXVI, Quinta Parte; Pág. 95

Habiéndose probado que el trabajador no fue despedido sino suspendido en el trabajo, por acuerdo del sindicato tiene que concluirse que la no prestación de los servicios a partir de la fecha en que terminó la suspensión no era imputable al patrón.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/276405-a7edee4c/suspension-obligacion-de-presentarse-despues-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 4215/58. Aurelio Medina Rodríguez. 24 de agosto de 1959. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.

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