HORAS EXTRAS, TRABAJO DE.
El trabajo en tiempo extraordinario debe ser ordenado o autorizado por el patrón y por tanto, no debe quedar al arbitrio del trabajador la resolución de "aumentarse las horas de la jornada", creando a su arbitrio también la obligación patronal del pago.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/276655-4d948232/horas-extras-trabajo-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2987/58. Manuel Madrazo Serrano. 6 de abril de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.
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