PROBIDAD, PROCEDIMIENTO EN CASO DE DESPIDO POR FALTAS DE.
No es exacto que tratándose de despido por falta de probidad, previamente el patrón deba someter el caso a las autoridades del trabajo para que éstas sancionen si procede la separación, pues aun cuando puede seguirse tal procedimiento, también puede el patrón rescindir unilateralmente el contrato, quedando sujeta dicha sanción a la resolución que pronuncie la Junta que conozca del caso, teniendo como sanción para el patrón que injustificadamente haya roto el contrato, que reponga al trabajador en su empleo y le pague todos los salarios que dejó de percibir por tal causa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/276836-b10c2105/probidad-procedimiento-en-caso-de-despido-por-faltas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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