PRUEBA PERICIAL, APRECIACION DE LA.
Las Juntas de Conciliación y Arbitraje, al apreciar la prueba pericial que ante ellas se rinda sobre cuestiones técnicas, están facultadas para darle el valor que estimen conveniente, según su prudente arbitrio, por lo que la circunstancia de que la responsable haya considerado concluyente el dictamen del perito tercero no puede estimarse que implique violación de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/276839-fbc32620/prueba-pericial-apreciacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1566/58. Francisca López Vázquez. 20 de febrero de 1959. Cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.
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