CONTRATOS COLECTIVOS, OBJETO DEL DEPOSITO DE LOS.
El depósito de los contratos colectivos de trabajo, que establece el artículo 45 de la Ley Federal del Trabajo, no entraña la sanción y autorización de los mismos por las Juntas, ni presupone su examen y aprobación, siendo solamente un acto cuyo objeto es dar publicidad a dichos contratos y determinar con certeza la fecha y hora en que comienzan a producir efectos legales, por lo que nada impide que con posterioridad y si existen razones fundadas para ello, dichos contratos puedan ser anulados mediante el juicio respectivo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/276878-6d764cd0/contratos-colectivos-objeto-del-deposito-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- CONTRATOS COLECTIVOS, OBJETO DEL DEPÓSITO DE LOS.- (152)
- CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO, DEPOSITO DE LOS, ANTE LAS JUNTAS. (s/clave)
- CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO, DEPOSITO DE LOS. (s/clave)
- CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, FALTA DE DEPOSITO DEL. EFECTOS. (s/clave)
- CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, DEPOSITO DEL. (s/clave)
- CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis