PRUEBA TESTIMONIAL, APRECIACION DE LA.
La Junta, al resolver la reinstalación del trabajador, hizo un debido uso de sus facultades de apreciación en conciencia, sin alterar los hechos y sin incurrir en defectos de lógica en su raciocinio ya que, las circunstancias de que los testigos, además de incurrir en contradicciones, no hayan precisado las horas en que dijeron en que el actor había abandonado sus labores, ni tampoco hayan indicado cuál fue el trabajo impreso que dijeron se negó a copiar, seguramente amerita la desestimación de sus declaraciones puesto que, si los propios testigos fueron quienes atribuyeron al trabajador actor esas faltas, considerándolas lesivas para sus intereses, y por ello, formularon una queja en su contra, resulta indudable que debían concretar los hechos circunstanciadamente y no vagamente referirse a ellos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/276977-248e34fd/prueba-testimonial-apreciacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- JUNTAS, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR LAS. (s/clave)
- PRUEBA TESTIMONIAL RELATIVA A LOS COMENTARIOS HECHOS POR EL TRABAJADOR DIRECTAMENTE A LOS TESTIGOS DEL PATRON RESPECTO AL ABANDONO DEL TRABAJO, INEFICACIA PROBATORIA DE LA. (s/clave)
- DESPIDO, NEGATIVA DEL, Y OFRECIMIENTO DEL TRABAJO DE BUENA FE.- (810)
- JUNTAS, PRUEBA TESTIMONIAL NO RENDIDA ANTE LAS. (s/clave)
- TESTIGOS, APRECIACION DEL DICHO DE LOS. (s/clave)
- DESPIDO, NEGATIVA DEL, Y OFRECIMIENTO DEL TRABAJO DE BUENA FE. (687)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis