ENFERMEDADES PROFESIONALES, PRUEBA DE LAS.
El hecho de que el trabajador fallecido adquirió la enfermedad de la cual falleció, al servicio de la empresa, es de los que no puede probarse sino por los datos indiciales que lo hagan presumible, como son el tiempo de servicios en el lugar que los peritos consideran susceptible de producir la enfermedad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/277026-a08f3256/enfermedades-profesionales-prueba-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 6757/56. Mexican Zinc Company, S. A. 26 de noviembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.
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