ENFERMEDADES PROFESIONALES APARECIDAS DESPUES DE QUE EL TRABAJADOR DEJA DE PRESTAR SUS SERVICIOS.
Si cuando dejó de prestar sus servicios el obrero, fue examinado por médicos de la empresa y del sindicato, quienes dictaminaron en el sentido de que el trabajador se encontraba en buenas condiciones de salud y que no presentaba ninguna enfermedad de origen profesional, es inconcuso que si con posterioridad, el mismo obrero aparece padeciendo una enfermedad profesional, a él le incumbe la prueba de haberla adquirido al servicio de la empresa, pues al separarse de la negociación, se estableció la presunción, a favor de la misma, de que no contrajo enfermedad profesional alguna, durante el tiempo que estuvo a su servicio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/369399-e9815b27/enfermedades-profesionales-aparecidas-despues-de-que-el-trabajador · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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