PATRON, SUSTITUCION DEL.
Si una empresa o razón social se incorpora a otra ya existente y aporta toda su maquinaria e implementos de trabajo, clausurando su factoría o taller, es indudable que la empresa que la absorbe se convierte en patrón sustituto respecto del trabajador que pasa a prestar sus servicios en esta última. La ley laboral cuida de la estabilidad del obrero en su trabajo y de la persistencia de sus derechos adquiridos al servicio del patrón independientemente de los cambios de propiedad que sufra la fuente de trabajo. Por lo que la empresa sustituta está obligada a reconocer los derechos de antigüedad que el trabajador hubiese adquirido en la sustituida.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/277328-765fb05d/patron-sustitucion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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