ACCIDENTES DE TRABAJO. PRUEBA DE LA MUERTE, POR DESAPARICION.
Si el demandado al contestar la demanda confiesa que una embarcación que es de su propiedad y que se hizo a la mar en tal o cual fecha, no ha aparecido ni se tiene noticia alguna de su paradero, y que determinado trabajador formaba parte de la tripulación cuando desapareció la nave, según se acredita con el informe rendido por el capitán de puerto, es inconcuso que si se encuentra acreditado que el mencionado trabajador falleció a consecuencia de un accidente de trabajo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/277358-182a130b/accidentes-de-trabajo-prueba-de-la-muerte-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1903/57. Marcelina Pérez y coagraviados. 12 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. Ponente: Gilberto Valenzuela.
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