Corpus
Modo: Corpus Pro

BUENA FE EN EL COMPORTAMIENTO DE LAS PARTES.

Clave: — · Registro digital (IUS): 277445 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XI, Quinta Parte; Pág. 25

La circunstancia de que una empresa demanda no haya respetado las prohibiciones que contiene la ley que la rige, no debe valerle para beneficiarse con esas prohibiciones eludiendo las obligaciones contraídas con sus asalariados, puesto que, siendo la buena fe inspiradora de nuestro derecho, debe serlo, por tanto, del comportamiento de las partes en todas sus relaciones jurídicas por lo cual debe ser tomada en cuenta para derivar de ella, en la averiguación de la verdad, las presunciones que lógica y legalmente, se deduzcan de la conducta de las partes.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/277445-13ad9b4a/buena-fe-en-el-comportamiento-de-las-partes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 2821/56. Alfonso Sierra Castañeda y coagraviados. 8 de mayo de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. Ponente: Gilberto Valenzuela.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.