PRUEBA TESTIMONIAL, ESTIMACION DE LA, EN CONCIENCIA.
La apreciación en conciencia de la prueba testimonial, por el juzgador, es un acto subjetivo inducido por la totalidad de la prueba, apreciando la influencia que pueda tener para establecer el hecho que se pretenda demostrar con ella. De manera que tal apreciación sólo es incorrecta cuando para deducir sus conclusiones el juzgador altera el dicho de los testigos, omite apreciar hechos sobre los que declararon o llega a conclusiones ilógicas que no se deducen de las propias declaraciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/277506-48e62c62/prueba-testimonial-estimacion-de-la-en-conciencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2723/57. Cordelería "La Carmita", S. A. 21 de abril de 1958. Unanimidad de 4 votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
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