VIOLACION DE CORRESPONDENCIA, COMPETENCIA.
El artículo 576 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, dispone que se aplicará de un mes a un año de prisión o multa de cincuenta a mil pesos al que indebidamente abra, destruya o sustraiga alguna pieza de correspondencia cerrada, confiada al correo. Ahora bien, si la pieza postal ha sido entregada por el cartero en la dirección anotada en el sobre que la contenía, y fue abierta por el acusado, sin derecho a ello, tal hecho se ejecutó cuando la mencionada pieza postal había salido de la jurisdicción y vigilancia del propio correo; por lo consiguiente, no tiene aplicabilidad en el caso la disposición citada y por lo tanto la competencia para conocer de ese delito se finca en favor del Juez del fuero común.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/277996-19bfa451/violacion-de-correspondencia-competencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- VIOLACION DE CORRESPONDENCIA. COMPETENCIA. (s/clave)
- VIOLACION DE CORRESPONDENCIA. COMPETENCIA. (s/clave)
- VIOLACION DE CORRESPONDENCIA, DELITO DE. COMPETENCIA. (s/clave)
- VIOLACIÓN DE CORRESPONDENCIA, DELITO DE. COMPETENCIA.- (207)
- VIOLACION DE CORRESPONDENCIA. (s/clave)
- VIOLACIÓN DE CORRESPONDENCIA, COMPETENCIA TRATÁNDOSE DEL DELITO DE.- (3288)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis