LETRAS DE CAMBIO. FALSIFICACION DE.
El artículo 239, reformado, del Código Penal Federal, señala la sanción aplicable al delito de falsificación de títulos de crédito, los que enumera limitativamente. Como en tal enumeración no está comprendida la letra de cambio, el delito de falsificación de un título de crédito de esa naturaleza, debe ser conocido por las autoridades judiciales del orden común, sin que la circunstancia de que el ofendido sea una compañía de seguros pueda hacer que tal competencia radique en las del fuero federal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/278224-ce38ee2c/letras-de-cambio-falsificacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia 132/51. Suscitada entre los Jueces de Distrito, en el Estado de Sinaloa y Segundo del Ramo Penal en Culiacán, del mismo Estado. 2 de junio de 1954. Mayoría de catorce votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- CHEQUES. FALSIFICACION DE. (s/clave)
- CHEQUES. FALSIFICACIÓN DE.- (15)
- LETRAS DE CAMBIO, FALSIFICACION DE. (s/clave)
- LETRA DE CAMBIO. (s/clave)
- FALSEDAD PENAL, EXCEPCION DE, CUANDO DEBE RESOLVERLA EL JUEZ DE LO CIVIL. (s/clave)
- FALSIFICACION DE DOCUMENTOS (ACEPTACION DE LETRAS DE CAMBIO). (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis