MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL COLEGIADO, EXCUSA DE LOS.
Como de conformidad con lo dispuesto en la fracción IV del artículo 66 de la Ley de Amparo, están impedidos los Magistrados de los Tribunales Colegiados del Circuito para conocer de los negocios en que intervengan, si hubiesen aconsejado como asesores la resolución reclamada, por mayoría de razón debe considerarse impedido para conocer de la expresada revisión al Magistrado que dictó la sentencia contra la que se interpuso el recurso de revisión de cuyo conocimiento se excusa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/278262-7b25c64c/magistrados-del-tribunal-colegiado-excusa-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Excusa 137/52. Cisneros Canto Arturo. 24 de octubre de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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