DOMICILIO CONYUGAL.
Un certificado municipal en el que se hace constar que los cónyuges tienen establecido su domicilio en cierto lugar, por ser un hecho público y notorio, no puede ser suficiente para acreditar que efectivamente el domicilio conyugal quedó radicado en esa población por contener simplemente la afirmación del Presidente Municipal, como hecho que a él le consta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/278379-fb7c0bfb/domicilio-conyugal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia 108/44. Suscitada entre los Jueces Séptimo de lo Civil de esta Capital, y Mixto de Primera Instancia de Juchitán, Oaxaca. 3 de abril de 1951. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- DOMICILIO CONYUGAL. (s/clave)
- DOMICILIO CONYUGAL. (s/clave)
- DOMICILIO CONYUGAL. (s/clave)
- DOMICILIO CONYUGAL, UBICACION DEL. (s/clave)
- DOMICILIO CONYUGAL; ES INSUFICIENTE SU SEÑALAMIENTO EN EL ACTA DE MATRIMONIO, PARA TENER POR ACREDITADO EL. (II.1o.C.T.41 C)
- DOMICILIO CONYUGAL, PRUEBA DE LA EXISTENCIA DEL. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis