DIVORCIO POR ABANDONO DE HOGAR, COMPETENCIA EN CASO DE.
Cuando las disposiciones procesales de las entidades cuyos Jueces compiten, contienen la regla de otorgar la competencia al Juez del domicilio del cónyuge abandonado, tal regla es inoperante, si tanto el actor como el demandado, alegan el abandono por parte del otro, pues tal punto debe ser objeto de la decisión de fondo que se dicte en juicio, sin que al decidir la competencia, pueda decidirse cuál es el cónyuge abandonado, y si no hay comprobación en autos, del lugar donde está constituido el domicilio conyugal, y tratándose de acciones del estado civil que son equiparables a las acciones personales, tan sólo para el efecto de decidir la competencia, es aplicable al caso a estudio el artículo 24, fracción IV, del Código Federal de Procedimientos Civiles, que establece la competencia en favor del Juez del domicilio del demandado tratándose de acciones personales o del estado civil.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/278777-eccc6a79/divorcio-por-abandono-de-hogar-competencia-en-caso · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- DIVORCIO, COMPETENCIA EN CASO DE (ABANDONO DE HOGAR). (s/clave)
- DIVORCIO, COMPETENCIA EN CASO DE. (s/clave)
- DIVORCIO. ABANDONO DE HOGAR. COMPETENCIA. (s/clave)
- DIVORCIO, COMPETENCIA TRATANDOSE DE (ABANDONO DE HOGAR). (s/clave)
- DIVORCIO, COMPETENCIA TRATANDOSE DE (ABANDONO DE HOGAR). (s/clave)
- DIVORCIO, COMPETENCIA EN CASO DE, CUANDO SE ADUCE ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis