DIVORCIO, COMPETENCIA EN CASO DE (ABANDONO DE HOGAR).
Si el actor alega que es el cónyuge abandonado y se apoya en la regla que contiene el segundo párrafo del artículo 27 del Código Federal de Procedimientos Civiles, para pedir la competencia del Juez de su domicilio, debe decirse que este precepto es inoperante, y sin prejuzgar respecto del punto del abandono, y para el único efecto de dilucidar la competencia, es dudoso que la esposa lo haya abandonado, y si no está demostrada de hecho la realidad del domicilio conyugal en el lugar donde reside; como lo ha sostenido en múltiples ejecutorias esta Suprema Corte de Justicia, no es aplicable esa regla si tanto, a la esposa como el marido se dicen abandonados, y el punto es materia de la sentencia de fondo, que decida el juicio de divorcio. La competencia, por tanto, deberá ser fijada de acuerdo con la fracción IV del artículo 24 del Código Federal de Procedimientos Civiles que dice que es Juez competente el del domicilio del demandado, tratándose de acciones reales sobre muebles o de acciones personales o del estado civil.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/806198-d7c6261f/divorcio-competencia-en-caso-de-abandono-de-hogar · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- DIVORCIO, COMPETENCIA EN CASO DE, CUANDO SE ADUCE ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL. (s/clave)
- DIVORCIO POR ABANDONO DE HOGAR, COMPETENCIA EN CASO DE. (s/clave)
- DIVORCIO, COMPETENCIA TRATANDOSE DE ( ABANDONO DE HOGAR). (s/clave)
- DIVORCIO, COMPETENCIA PARA CONOCER DEL JUICIO DE, CUANDO AMBOS CONYUGES SE DICEN ABANDONADOS. (s/clave)
- DIVORCIO, COMPETENCIA TRATANDOSE DE. (s/clave)
- DIVORCIO, COMPETENCIA TRATANDOSE DE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis