ACTOS RECLAMADOS, PRUEBA DE SU INCONSTITUCIONALIDAD.
La Ley de Amparo no releva al quejoso de la carga de la prueba, sino cuando el acto sea en sí mismo violatorio de garantías. En consecuencia, el Juez de Distrito nunca puede dar por probados los conceptos de violación, cuando la inconstitucionalidad dependa de ciertos hechos susceptibles de ser de acreditados en el juicio por el quejoso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/278932-95d3f885/actos-reclamados-prueba-de-su-inconstitucionalidad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6200/43. Hernández Ramírez Zeferino. 29 de noviembre de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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