DOMICILIO, PRUEBA DEL.
La Suprema Corte de Justicia ha resuelto en diversas ejecutorias, que los certificados expedidos por los presidentes municipales, que contengan tan sólo una apreciación personal de esos funcionarios, no pueden probar la existencia del domicilio; y aplicando ese criterio en sentido contrario, resulta que los certificados que no se funden en apreciaciones, sino en datos auténticos, y, por consiguiente, fehacientes, sí prueban el domicilio, como sucede, si se fundan en los censos o padrones levantados por los Jueces del barrio en donde está ubicado el domicilio, corroborados por los datos oficiales que proporciona el jefe de la policía.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/279106-a7d00ad3/domicilio-prueba-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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