DOMICILIO. SU COMPROBACION.
El certificado legalizado del presidente municipal, que afirma que una persona tiene su domicilio en el lugar donde aquel funcionario ejerce sus funciones, comprueba ese domicilio, principalmente, cuando su valor probatorio se robustece con la clara manifestación de la parte actora, la cual reconoce la existencia del domicilio en el lugar indicado, donde, a petición de esa misma parte, se corrió el traslado de la demanda. Además, fortalece la prueba del domicilio, la afirmación de la persona de cuyo domicilio se trata, hecha en escritura pública, de que, efectivamente, está domiciliada en el lugar al cual se refiere el certificado del presidente municipal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/817246-4116f15d/domicilio-su-comprobacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- DOMICILIO. VALOR PROBATORIO DE UN CERTIFICADO EXPEDIDO POR UN PRESIDENTE MUNICIPAL. (s/clave)
- DOMICILIO, CERTIFICADOS RELATIVOS AL, EXPEDIDOS POR PRESIDENTES MUNICIPALES. (s/clave)
- DOMICILIO, PRUEBA DEL. (s/clave)
- DOMICILIO, PRUEBA DEL. (s/clave)
- DOMICILIO, PRUEBA DEL. (s/clave)
- DOMICILIO DE UNA PERSONA COMPROBACION DEL. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis